En la tarde del 13 de diciembre, Coordinadora Valencia ha tenido conocimiento de la sentencia del Juzgado de lo Social Nº10 por la demanda interpuesta por el sindicato CCOO del comité de empresa de APM, contra la empresa APM Terminals Valencia, CPE Valencia y al Comité de empresa del CPE, para anular el acuerdo de funciones de los dispatchers.

Después de la defensa realizada por APM, el CPE y parte de los sindicatos del comité del CPE, el juzgado ha desestimado la demanda interpuesta por CCOO. Por consiguiente, el acuerdo negociado con APM sobre el puesto de dispatchers, generado tras la implantación del N4, tiene total validez.

Según se recoge en la sentencia, «el 23 de agosto de 2021, la empresa APM Terminals Valencia S.A. alcanzó un acuerdo con el Comité de Empresa del Centro Portuario de Empleo de Valencia S.A. para la implantación y desarrollo del sistema operativo denominado NavisN4 en la empresa APM
Terminals Valencia S.A., incluidas las funciones de supervisor y controlador de terminal o dispatcher, facilitando a los trabajadores del Centro Portuario de Empleo de Valencia S.A., la formación y herramientas necesarias para el desarrollo de su actividad».

Asimismo, se relata que en diferentes reuniones de la empresa APM Terminals Valencia S.A. con el Comité de Empresa de la misma, celebradas en junio, julio y agosto de 2021, aquella ha informado a este de la implantación del sistema NavisN4, del estado de las negociaciones, del acuerdo alcanzado con el Comité de Empresa del Centro Portuario de Empleo de Valencia S.A. y sobre la elaboración de manuales para la aplicación del citado programa.